Respuesta directa
No siempre. El tratamiento tributario de alquileres y dividendos del exterior depende de la situación fiscal de la persona, del tipo de ingreso, del país donde se ubica el bien o desde donde se efectúan los pagos, así como de los beneficios fiscales elegidos para los nuevos residentes. La idea de que «estar en el extranjero significa no pagar impuestos» es demasiado simplista.
Para los dividendos, intereses y otros ingresos de capital del exterior rigen normas específicas en Uruguay. Los nuevos residentes fiscales pueden tener opciones de régimen preferencial, pero estas no cubren automáticamente todos los ingresos ni reemplazan la declaración cuando es necesaria. El alquiler de inmuebles en el extranjero también requiere un análisis aparte: importan el contrato, los gastos, las retenciones y la presentación de declaraciones en otro país.
La acreditación bancaria en Uruguay no determina por sí sola el impuesto. Una misma transferencia puede ser un ingreso, la devolución de fondos propios o un préstamo. Por lo tanto, primero hay que clasificar el pago, el estatus de residencia y los impuestos ya retenidos, y luego determinar la obligación tributaria en Uruguay.