Respuesta concreta
Uno de los padres puede actuar sin el otro solo si cuenta con el consentimiento correspondiente, un poder o un documento que acredite facultades exclusivas. Para un menor, por lo general es importante la participación de ambos representantes legales en la presentación, la firma o la obtención de la cédula.
Si el otro progenitor está en el extranjero, hay que preparar con antelación un consentimiento notarial que describa con precisión la actuación: presentar la solicitud de residencia, obtener la cédula de identidad, firmar documentos u otras facultades. Un documento extranjero puede requerir apostilla y traducción.
Si el otro progenitor ha fallecido, ha sido privado de sus derechos, se desconoce quién es o existe una resolución judicial sobre la custodia, se prepara el acta o la resolución correspondiente. Una carta común, una firma escaneada o una explicación oral no sustituyen la prueba documental de las facultades.